Gimnasia presentó un recurso y el APreViDe le bajó la sanción por los incidentes en Copa Argentina

Gimnasia Juan Carmelo Zerillo
(Photo by Gustavo Garello/Getty Images)

El APreVide reconsideró la sanción a Gimnasia La Plata de jugar a puertas cerradas el próximo partido de la Liga Profesional y le bajó la ´multa´ por un recurso presentado por la directiva.

El Lobo podrá jugar con público el partido ante Godoy Cruz pero solo con socios y protocolos emitidos por la Liga Profesional. Se habilitarán las plateas y palcos en su totalidad pero las populares tendrán una reducción del aforo del 40%.

La resolución de la reconsideración del APreViDe sobre la sanción a Gimnasia

ARTÍCULO 1º. Hacer lugar al recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio (art. 89 cc y ss Dec Ley 7674/70) presentado por el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata.

ARTÍCULO 2°: Establecer que para el próximo encuentro futbolístico en el que el primer equipo del Club Gimnasia y Esgrima La Plata actúe como local en el estadio “Juan Carmelo Zerillo”, estará prohibida la venta de entradas, permitiendo el ingreso solo a socios, y a concurrentes que posean protocolos emitidos para la Liga Profesional de Fútbol otorgados con antelación a la presente sanción.

ARTÍCULO 3°. Disponer que en el marco de la sanción del artículo 2°, estarán habilitadas las plateas y palcos, mientras que las tribunas populares Centenario y Avenida 60, contarán con una reducción del aforo del cuarenta (40) por ciento, conforme a las habilitaciones reglamentarias correspondientes, y la organización de esta disposición será de la manera que el organizador lo considere pertinente teniendo en cuenta los accesos y las capacidades de ambas.

ARTÍCULO 4°. Determinar que, bajo las mismas condiciones establecidas en los artículos N° 2 y 3, estarán prohibidos, hasta que esta Agencia disponga lo contrario, todos los instrumentos musicales, tirantes, telones, banderas, y cualquier otro elemento que requiera autorización, permitiendo solamente banderas de 2 metros por 1 metro en todo el estadio.

ARTÍCULO 5°. Establecer que el organizador deberá garantizar el impedimento del ingreso de personas que tengan prohibición de concurrencia y/o derecho de admisión, y de aquellas otras que pudieran ser individualizadas como partícipes de los hechos y conductas que motivaron la presente resolución, en cuyo caso darán aviso a las autoridades policiales.

ARTÍCULO 6°. Establecer que la comisión directiva del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata, a través de los
responsables de la organización, deberán garantizar el estricto cumplimiento de lo dispuesto, sin perjuicio de las normas reglamentarias.

Acerca de Francisco Alí 20363 Articles
Nació un día después del gol del Diego a los ingleses pero llegó justo para el postre contra Alemania Federal. El fútbol es su vida. Escribe de la misma manera que juega: excelente. Por eso es crack. Los Piojos y Atlético Madrid son su debilidad. En 2005 fundó esta locura llamada Vermouth Deportivo.

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